En McClung v. Silliman (1821), la Corte Suprema sostuvo que los tribunales de circuito federales no tenían autoridad de derecho común para emitir writs of mandamus contra funcionarios federales, salvo que una ley específica del Congreso se la otorgara expresamente. La decisión reflejaba una desconfianza inicial hacia un uso amplio del recurso frente al poder ejecutivo.

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Ese límite estrictamente estatutario -el mandamus solo existe donde el Congreso lo ha autorizado- sigue siendo la razón por la que hoy toda demanda de mandamus migratorio debe citar expresamente su base legal, típicamente el artículo 1361 del Título 28 del Código de Estados Unidos. McClung v. Silliman es, en ese sentido, el ancestro silencioso de un requisito procesal que cualquier demanda de mandamus contra USCIS debe seguir cumpliendo dos siglos después.

Actualización (06/10/2026). Sobre las reglas de competencia en casos recientes, véase Trump v. J.G.G. (2025), y sobre los límites de las órdenes judiciales de alcance general, Trump v. CASA (2025).

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Este contenido tiene fines informativos y editoriales. No sustituye una consulta legal individualizada ni constituye asesoría legal formal. Las citas de jurisprudencia buscan explicar principios legales generales; cada caso migratorio depende de hechos específicos que deben evaluarse de forma particular con un profesional cualificado.