Puntos clave
- Mullin v. Doe, 609 U.S. 324 (resuelto el 25 de junio de 2026), junto con Trump v. Miot, por 6 votos a 3.
- La ley de TPS (8 U.S.C. § 1254a(b)(5)(A)) impide revisar judicialmente las reclamaciones no constitucionales contra la terminación de una designación.
- «Determinación» puede significar una decisión o el proceso que lleva a ella, y la expresión «con respecto a» amplía el alcance de la cláusula.
- En un caso EB-5 de junio de 2026, el gobierno usó un argumento parecido, pero el tribunal mantuvo su jurisdicción sobre la demora.
Muchas demandas de mandamus migratorio se enfrentan pronto a la misma objeción: la ley impide que un tribunal revise esa materia. Por eso las sentencias del Tribunal Supremo sobre cláusulas de exclusión de la revisión judicial tienen efectos más allá de su asunto concreto. Mullin v. Doe, resuelta el 25 de junio de 2026, es la más reciente.
El caso
En septiembre de 2025, el secretario de Seguridad Nacional anunció el fin del estatus de protección temporal (TPS) para Siria, y en noviembre de 2025, para Haití. Varios afectados demandaron en Nueva York y en Washington D.C. al amparo de la APA. Los haitianos alegaban además discriminación racial. Los tribunales inferiores suspendieron provisionalmente las terminaciones, y el Tribunal Supremo aceptó revisar ambos casos de forma conjunta antes de que se dictara sentencia en apelación.
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Solicitar orientación gratuitaLa decisión
Por 6 votos a 3, con opinión del juez Alito, el Tribunal concluyó que la ley de TPS impide la revisión judicial de las reclamaciones no constitucionales. El artículo 1254a(b)(5)(A) dice que no hay revisión judicial de «ninguna determinación» del secretario «con respecto a» la designación, terminación o prórroga. Para el Tribunal, «determinación» puede significar tanto una decisión concreta como el proceso que conduce a ella, y en ambos casos la cláusula cubre las reclamaciones. Citando Patel v. Garland, añadió que «con respecto a» tiene un efecto ampliador. Rechazó limitar la exclusión a cuestiones sustantivas o solo a la decisión final, porque las decisiones intermedias se integran en la actuación administrativa definitiva. En cuanto a la reclamación de igualdad, la consideró improbable: ninguna de las declaraciones invocadas era abiertamente racial. La jueza Kagan, con las juezas Sotomayor y Jackson, discrepó.
Su eco en los litigios de demora
La sentencia no se refiere al mandamus, pero su forma de leer estas cláusulas ya aparece en los litigios de demora. En Perez Correa Camarena v. Mullin (D.D.C., 29 de junio de 2026), el tribunal la mencionó al analizar si el artículo 1252(a)(2)(B)(ii) impedía revisar el ritmo de tramitación de las peticiones EB-5. Aun así, mantuvo su jurisdicción, porque no había pruebas claras y convincentes de que el Congreso quisiera excluir esa revisión (EB-5 e I-526E en 2026). La distinción clave sigue siendo entre impugnar una decisión discrecional y reclamar contra la falta de decisión. Este análisis sobre el límite del art. 242(a)(2)(B)(ii) y por qué no alcanza a la demora (en inglés) lo desarrolla, y este otro sobre Loper Bright y el fin de la doctrina Chevron (en inglés) explica por qué los tribunales leen hoy directamente el texto legal, sin deferencia a la agencia.
La sentencia se inscribe en una larga línea sobre los límites de lo revisable, de la que forma parte Heckler v. Chaney. Para las defensas que plantea hoy el gobierno, véase nuestra guía de 2026.
Fuentes y documentos
- Mullin v. Doe, opinión del Tribunal Supremo (PDF) (supremecourt.gov)
- Texto de 8 U.S.C. § 1254a (Cornell LII) (law.cornell.edu)
- Perez Correa Camarena v. Mullin, opinión del D.D.C. (ecf.dcd.uscourts.gov)
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